jueves, 9 de agosto de 2012

DATOS TENER EN CUENTA


Valores vigentes para el 2012
Salario mínimo $566.700
Auxilio de transporte $67.800
Salario mínimo integral $7.367.100 ($ 5.667.000 salario y $ 1.700.100 factor prestacional)
Aportes  parafiscales:
Sena 2%
ICBF 3%
Cajas de Compensación Familiar 4%
Cargas Prestacionales
Cesantías 8.33%
Prima de servicios 8.33%
Vacaciones 4.17%
Intereses sobre las Cesantías 1% mensual
Seguridad social
Salud
  • Empresa 8.5%.
  • Empleado 4%
Pensión:
  • Empresa 12%
  • Empleado 4%
Hora trabajo nocturno: Hora ordinaria x 1.35
Hora extra diurna que se realiza entre las 6:00 a.m y las 10:00 p.m: Hora ordinaria x 1.25
Hora extra nocturna comprendido entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m:Hora ordinaria x 1.75
Hora ordinaria dominical o festivo: Hora ordinaria x 1.75
Hora extra diurna en dominical o festiva: Hora ordinaria x 2.00
Hora extra nocturna en dominical o festivo: Hora ordinaria x 2.50
CONTRATO DE TRABAJO
Contrato de trabajo a término fijo
El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente.
1. Si antes de la fecha del vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.
2. No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año, y así sucesivamente.
PARÁGRAFO. En los contratos a término fijo inferior a un año, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prima de servicios en proporción al tiempo laborado cualquiera que éste sea. (ARTICULO 46 CST)
Contrato de trabajo a término indefinido
1o) El contrato de trabajo no estipulado a término fijo, o cuya duración no esté determinada por la de la obra, o la naturaleza de la labor contratada, o no se refiera a un trabajo ocasional o transitorio, será contrato a término indefinido.
2o) El contrato a término indefinido tendrá vigencia mientras subsistan las causas que le dieron origen, y la materia del trabajo. Con todo, el trabajador podrá darlo por terminado mediante aviso escrito con antelación no inferior a treinta (30) días, para que el patrono lo reemplace. En caso de no dar aviso oportunamente o de cumplirlo solo parcialmente, se aplicará lo dispuesto en el articulo 8o., numeral 7o., para todo el tiempo, o para el lapso dejado de cumplir. (ARTICULO 47 CST)
JORNADA DE TRABAJO
Trabajo ordinario y nocturno
1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.).
2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.) y las seis horas (6:00 a.m.).ARTICULO 160 CST
SALARIO
Remuneración que recibe el trabajador por servicios prestados en forma personal, en dinero o en especie.
El salario mínimo no es embargable pero puede ser embargado hasta en un cincuenta por ciento (50%) en favor de cooperativas legalmente autorizadas, o para cubrir pensiones alimenticias que se deban de conformidad con los artículos 411 y concordantes del Código Civil. El valor que exceda del salario mínimo será embargable hasta en una quinta parte.
Pagos que constituyen salario (Que son factor salarial)
Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones. (ARTICULO 127 CST).
Pagos que no constituyen salario (Que no son factor salarial)
No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes. Tampoco las prestaciones sociales de que tratan los títulos VIII y IX, ni los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el {empleador}, cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación, habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad. (ARTICULO 128 CST) Consulte: Importante recordar que los pagos no constitutivos de salario no pueden superar el 40%.
Explicación
Salario: Sueldo básico + auxilio de transporte + horas extras + c omisiones + viáticos.
*Sueldo Básico: Asignación básica mensual que se le da a la persona.
*Auxilio de transporte: tienen derecho al auxilio de transporte quienes devenguen un salario fijo, igual o inferior a 2 veces el S.M.L.V; su objetivo es que le trabajador cobre parte del desplazamiento entre el sitio de trabajo y su lugar de residencia.
Horas extras
*Horas extras: horas adicionales a la jornada de trabajo.
Jornada de trabajo:
Diurna: 6:00 a.m – 10:00 p.m
Nocturna: 10:00 p.m – 6:00 a.m
-Las horas extras diurnas se pagan con un 25%, adicional al valor de la hora normal.
Ejemplo. Se tiene:
-Sueldo básico $480.000
-30 horas extras diurnas, calcular el valor de las horas extras.
Entonces:
480.000/240=2.000 que equivale al valor de una hora de trabajo.
Luego:
2.000*1.25=2500 que equivale al valor de la hora extra diurna.
Como en el mes hay 30 horas extras diurnas:
2.500*30=75.000 valor total de horas extras.
En resumen seria:
480.000*30*1.25/240=75.000
-Las horas extras nocturnas se pagan con un 75% adicional al valor de la hora normal.
Tomando los datos anteriores pero con horas extras nocturnas seria:
480.000*30*1.75/240=105.000 valor total horas extras nocturnas.
Recargo nocturno: existe recargo nocturno cuando se labora en horarios de
10:00 p.m a 6:00 a.m, y se calcula así:
Se tiene:
- sueldo básico: 480.000
- -El empleado labora diariamente de 10:00 p.m a 6:00 a.m
- En el mes hay 4 dominicales.
Dominicales y festivos
Se pagan con un 75% (1.75) adicional al valor de un día normal de trabajo.
Deducciones.
Valores que se aplican con descuentos, pueden existir deducciones por concepto de libranzas, embargos judiciales entre otras, pero independiente de ello, deducciones obligatorias para el trabajador como los aportes a la seguridad a la seguridad social y las retenciones.
Aportes parafiscales: 
No son impuestos ni contribuciones, constituyen una obligación para el empleador por el hecho de tener una vinculación laboral.
1. Cajas de Compensación Familiar
2. Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
3. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)
Seguridad social: la ley 100/93 creo en Colombia el sistema de Seguridad Social Integral (SSSI) constituido por tres regimenes:
a. Régimen Pensional
b. Régimen salud
c. Régimen Riesgos Profesionales.
Régimen Pensional: Ampara al trabajador contra contingencias de vejez, invalidez y muerte.
El aporte es del 16% sobre el salario del trabajador repartido así:
Empleador: 12%
Trabajador: 4% sobre su salario.
Quienes tenga un ingreso mensual igual o superior a cuatro salarios mínimos paga un 1.0% adicional al obligatorio para pensiones.
Quienes devengue entre 16 y 17 salarios mínimos pagan un 1.20% adicional al obligatorio para pensiones.
Quienes devengue entre 17 y 18 salarios mínimos pagan un 1.40% adicional al obligatorio para pensiones.
Quienes devengue entre 18 y 19 salarios mínimos pagan un 1.60% adicional al obligatorio para pensiones.
Quienes devengue entre 19 y 20 salarios mínimos pagan un 1.80% adicional al obligatorio para pensiones.
Quienes devengue más de 20 salarios mínimos pagan un 2.0% adicional al obligatorio para pensiones.
-Régimen de Salud: Protege al trabajador contra contingencias de enfermedad o maternidad.
El aporte es del 12.5% sobre el salario del trabajador repartido así:
Empleador: 8.5%
Trabajador: 4% sobre su salario.
-Régimen de Riesgos Profesionales: Protege al trabajador contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el aporte depende del nivel de riesgo y lo paga todo el empleador. Las empresas utilizan por lo general el 0,522%.
Aportes parafiscales
*Cajas de Compensación Familiar: Son entidades sin animo de lucro encargadas de pagar el subsidio familiar y de brindar recreación y bienestar social a los trabajadores y a quienes de el dependa.
El aporte es del 4% del monto total de la nomina mensual (total devengado), lo hace el empleador.
*Servicio nacional de Aprendizaje (SENA): Es una entidad estatal encargada de la preparación e instrucción a los trabajadores de aquellas empresas obligadas a contratar aprendices para labores u oficios que requieran formación profesional metódica.
El aporte al SENA es del 2% sobre el monto total de la nomina mensual (total devengado), lo hace el empleador.
*Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): Es un establecimiento publico de orden nacional que se encarga de la creación y el mantenimiento de centros para la atención integral al pre-escolar menor de 7 años hijos de cualquier trabajador oficial o particular, el ICBF se encarga principalmente de la atención a la niñez desamparada.
El aporte es del 3% sobre el monto total de la nomina mensual (total devengado).
Apropiaciones
En la liquidación de la nómina se tienen en cuenta los siguientes conceptos.
*Cesantías: Valor reconocido al empleado por cada año de servicio continuo prestado a la empresa o proporcional si se retira antes del año.
Formula para liquidar cesantías:
Salario* numero de días trabajados /360.
El empleador consigna cada mes el 8,33% del total devengado.
*Vacaciones: Formula:
Salario * numero de días trabajados /720
El empleador consigna cada mes el 4,17% del total devengado.
*Intereses Sobre Cesantías: Todo empleador debe pagarle al trabajador unos intereses anuales por las cesantías, y son del 12% anual sobre el monto de las cesantías, se depositan al fondo hasta el 15 de febrero.
Liquidación:
I = Cesantías * Días Trabajados * 12% /360
*Prima de servicios: Se pagan 15 días en junio-15 días en diciembre, el aporte es del 8,33% sobre el total devengado.
Salario* numero de días trabajados /360.
Nota: El auxilio de transporte sólamente se incluye para el cálculo de la prima de servicios y  el auxilio de cesantías; para los demás conceptos no se tiene en cuenta, es decir que se resta.

PRUEBA DIANOSTICA NÓMINA



sábado, 7 de abril de 2012

PARCIAL DE EXCEL AVANZADO

Una universidad se prepara para realizar un congreso al cual podrán asistir estudiantes, tecnólogos, técnicos y profesionales los cuales  tendrán un código tal como aparece en la tabla siguiente, debe utilizar  la función si correspondiente:

                Código      categoría

10                         estudiantes

20                         tecnólogos

30                         técnicos

40                         profesionales


sino

        doctores


la cuota de inscripción al evento se cancelara según la tabla siguiente utilice la función si correspondiente:

                estudiantes               $70000

                tecnólogos                $90000

                técnicos                   $100000

                profesionales         $120000

                                       sino

                                               $150000

entre las actividades a realizar se encuentra un cóctel de bienvenida y el valor que deben  pagar los organizadores por este cóctel dependen del numero de personas asistentes al evento:


                asistentes                 valor por cóctel

                0 y 50                       $7000

                51  y 100                  $5000

                mas de 100               $3000


adicionalmente se ofrecerá un  almuerzo Para los asistentes el cual tendrá un costo dependiendo también de la cantidad de asistentes:


asistentes                 valor por almuerzo

                0 y 50                       $5000

                51  y 100                  $3000

                mas de 100               $2000

para el cierre  del evento se ha contratado una empresa que hara un recorrido por la ciudad y una fiesta de clausura de las actividades las empresa cobrara el transporte de acuerdo al numero de asistentes:


asistentes                 valor por transporte

                0 y 50                       $5000

                51  y 100                  $3000

                mas de 100               $2000

con esta información elabore una hoja de calculo con las condiciones necesarias para que los organizadores del evento puedan saber:

        cual es el valor total que se recibirá por inscripciones

        cual es el valor total que se recibirá por los cócteles

        cual es el valor total que se recibirá por los almuerzos

        cual es el valor total que se recibirá por el transporte

        por cada categoría los organizadores deben pagar un porcentaje del total general así como aparece en la tabla siguiente:


categoría           porcentaje


estudiantes               2%

tecnólogos        3%

técnicos            4%

profesionales     5%

                sino

                       6%


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segundo punto


Los 7 trabajadores de una fabrica tienen 3 turnos, cada uno de los turnos  se deben validar de la siguiente forma:

Si el código es igual a 1 entonces será diurno sino si el código es igual a 2 entonces será nocturno sino si el código es igual a 3 entonces será festivo sino no existe turno.

En cada turno se paga por horas así: si el turno es diurno su valor será de 1300 sino si el turno es igual a nocturno entonces su valor será de 1800 sino si el turno es festivo su valor es de  2000 sino no tiene valor.

 Se desea calcular el sueldo semanal a razón de 5 días de trabajo.
Tenga en cuenta los datos básico del empleado y además las posiciones absolutas que debe utilizar.


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tipo hotel
categoría del hotel
nombre hotel
nombre reserva
fecha llegada
numero de personas
fecha de salida
numero de días
valor comida
valor estadía
Total a pagar
valor descuento
neto a pagar
1












2












3












4







































Defina como encabezado su nombre y como pie de pagina la fecha de creación del documento

Categoría del hotel:
Si el código del hotel es igual a 1 el hotel será malo,  sino si el código es igual a  2 el hotel será  regular,  sino si el código es igual a 3 el hotel será bueno, sino si el código es igual a  4 el hotel será excelente

Nombre del hotel:
Si el código es igual a  1 y la categoría del hotel es igual a  malo entonces el  nombre será, acualina, sino si el código es igual a 2  el nombre del hotel será eclipse, sino si el código es igual a  3 o la categoría es igual a excelente el hotel sera dann, sino el nombre del hotel sera aristy

Al digitar las fechas debe formatearlas con formatos de fecha.

Halla el Numero de días con la funcion correspondiente.

Valor comida
Si la categoría del hotel es igual a  malo la comida tendrá un valor de $2.500, sino  si la categoría es igual a regular
Tendrá un valor de $3500, sino si la categoría es buena tendrá un valor de $5.000 sino tendrá un valor de $7.000



Valor estadía
Si el número de personas hospedadas es mayor a 5 el valor de la estadía sera de $10.000
Sino el valor de la estadía sera de $20.000

Para el valor de la comida y la estadía después de realizada la función
Debe multiplicar por el número de días y por el número de personas que estuvieron hospedados

Total a pagar
Sumar valor comida y valor estadía

Descuento
Si el número de días es mayor o igual a 7 y el número
De personas es mayor o igual a 6 entonces
Se dará el 10% de descuento sobre el total a pagar,
De lo contrario no se dará descuento.

Realice la formula correspondiente para el neto.


lunes, 6 de febrero de 2012

CONCEPTO DE EXCEL AVANZADO

Descargar guía temática de excel 

El manejo eficiente de este programa hace parte de las competencias laborales específicas, que se definen como ?los conocimientos particulares en cada una de las áreas del saber y su aplicación técnica en la actividad laboral que deben estar alineadas con los criterios de eficiencia, eficacia, productividad y competitividad de las organizaciones contemporáneas?, según el especialista en temas laborales Lázaro Tobón.
En este sentido, gran cantidad de avisos clasificados solicitan personal profesional con dominio de Excel o manejo de Excel avanzado. Surgen entonces algunas preguntas: ¿Qué es dominar Excel? ¿Qué es Excel avanzado?, ¿Quienes publican y leen estos avisos, tienen claridad sobre lo que se exige?
El propósito de este artículo es hacer una descripción, breve y panorámica, de las herramientas de la hoja electrónica Excel, distinguiendo entre las que se consideran básicas y las avanzadas, de tal modo que quienes tienen la responsabilidad de contratar personal, tengan claro qué nivel de conocimiento en esta materia es razonable exigir a un profesional.
Así mismo, se pretende que los profesionales empleados o en busca de empleo, sepan cuáles son los temas de Excel que deben dominar.
Vale la pena resaltar que la distinción entre herramientas básicas y avanzadas no debe asociarse a la mayor o menor dificultad para usarlas o aprenderlas sino, más bien, al punto del proceso de enseñanza-aprendizaje en que se estudian dado, en general, todas son muy fáciles de manejar.
La aplicación Excel está conformada por un conjunto de herramientas que sirven a diferentes disciplinas, especialmente a las relacionadas con la gestión empresarial.
De tales herramientas pueden sacar provecho la estadística, las matemáticas, la investigación de operaciones, el análisis de datos y, sobre todo, el cálculo y análisis financiero,

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